Guías prácticas
¿Quién puede diseñar e implementar el SG-SST de su empresa?
· Efectuando Procesos & HSEQ SAS
Revisado contra el texto vigente de la norma el
Depende del tamaño de la empresa y de su clase de riesgo: técnicos, tecnólogos o profesionales en SST con licencia vigente y el curso de 50 horas, con más o menos experiencia según el caso. Qué pedirle a quien vaya a contratar, y qué responsabilidad no puede delegar en él.
Lo decide la Resolución 0312 de 2019 según el tamaño de la empresa y su clase de riesgo. En todos los casos la persona necesita licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo y el curso virtual de 50 horas; lo que cambia es el nivel de formación y la experiencia que se le exige. Un profesional en SST con licencia y curso puede hacerlo en cualquier empresa.
¿Qué perfil exige la norma según el tamaño de la empresa?
- Empresas de 10 o menos trabajadores, riesgo I, II o III: técnico en SST con licencia vigente, un año de experiencia certificada y el curso de 50 horas. También tecnólogos y profesionales en SST con licencia y curso.
- Empresas de 11 a 50 trabajadores, riesgo I, II o III: tecnólogo en SST con licencia vigente, dos años de experiencia certificada y el curso de 50 horas. También profesionales en SST con licencia y curso.
- Empresas de más de 50 trabajadores, y las de 50 o menos con riesgo IV o V: profesional en SST o profesional con posgrado en SST, con licencia vigente y el curso de 50 horas.
La última categoría es la más amplia: la norma faculta a esos profesionales para asesorar, capacitar, ejecutar o diseñar el sistema en cualquier empresa, sin importar la clase de riesgo, el número de trabajadores ni la actividad económica.
¿Basta con que la persona tenga el curso de 50 horas?
Para diseñar el sistema, no. El curso es obligatorio para todos, pero por sí solo no habilita para diseñar. Quien solo tiene el curso puede administrar y ejecutar el SG-SST en empresas de 10 o menos trabajadores de riesgo I, II o III, y la propia Resolución 0312 aclara que no puede diseñarlo.
El certificado del curso tampoco es para siempre: para mantenerlo vigente hay que hacer una actualización certificada de 20 horas cada tres años, según la Resolución 4927 de 2016.
¿Qué debe pedirle a un asesor antes de contratarlo?
- La licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo, con su número, y la confirmación de que está vigente.
- El certificado del curso de 50 horas y, si tiene más de tres años, el de la actualización de 20 horas. El oferente del curso debe haberlo registrado ante el Ministerio del Trabajo: un certificado sin registrar no lo reconoce el Ministerio.
- La experiencia certificada que exige su tramo: uno o dos años según el tamaño de la empresa, acreditados por las empresas donde la persona trabajó.
- Que su nivel de formación corresponda al tamaño y al riesgo de su empresa. Un técnico puede diseñar el sistema de una empresa de ocho trabajadores de riesgo II, pero no el de una de sesenta.
Estos documentos no son una formalidad. La propia Resolución 0312 fija cómo se verifica ese estándar: se pide el documento de designación y se constata la hoja de vida de la persona, con sus soportes. Si el perfil no cumple, el sistema entero arranca con un incumplimiento.
¿Puede el asesor asumir la responsabilidad del SG-SST?
No, y ningún contrato puede cambiarlo. La Resolución 4927 de 2016 dice que la responsabilidad del SG-SST no se puede trasladar, y que las cláusulas en las que un coordinador, asesor o consultor asume las obligaciones que le corresponden al empleador o contratante son contrarias al Decreto 1072 de 2015. El asesor diseña y acompaña; la responsabilidad legal sigue siendo de la empresa.
¿Hay quien asesore sin costo?
Sí, para empresas de hasta 50 trabajadores. La Resolución 0312 permite que gremios, cámaras de comercio, asociaciones sectoriales, universidades, fundaciones e instituciones de formación brinden capacitación y asesoría gratuita para el diseño del sistema, con personal licenciado en SST. Su ARL también tiene obligaciones de asesoría y asistencia técnica. Es una opción real y conviene conocerla antes de contratar.
Si decide contratar
Efectuando Procesos cuenta con la licencia de prestación de servicios en Seguridad y Salud en el Trabajo No. 7128 del Ministerio de Salud y Protección Social. El diagnóstico inicial y la visita de reconocimiento no tienen costo: sirven para saber qué tramo le aplica a su empresa antes de hablar de alcance.
Si todavía no sabe cuántos estándares le exige la norma, empiece por aquí: ¿Qué estándares mínimos del SG-SST le aplican a su empresa?
Fuentes
- Resolución 0312 de 2019, Ministerio del Trabajo. Estándares mínimos del SG-SST.
- Resolución 4927 de 2016, Ministerio del Trabajo. Curso virtual de 50 horas y responsabilidad del empleador, artículos 12, 15 y 16.
Este artículo es información general sobre la normativa colombiana vigente y no sustituye la asesoría para un caso concreto. Efectuando Procesos & HSEQ SAS.